Convocatoria de las subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el ACM de 5 de marzo de 2024, por el que se declara ZAGEPC el territorio afectado por incendios forestales, un incendio urbano, inundaciones y otros fenómenos acaecidos entre el 21 de junio de 2023 y el 26 de febrero de 2024

Estado: Cerrada
Objeto:

Las subvenciones se destinarán a financiar los proyectos directamente relacionados con los siniestros detallados en el anexo de la convocatoria, que ejecuten los ayuntamientos, los consejos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril (LRBRL), y de la red viaria de las diputaciones provinciales, de los consejos insulares o, en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, de los daños producidos por los episodios que motivaron la declaración de la zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil objeto de esta convocatoria.

Referencia: 785943

Publicación oficial: 19/09/2024

Fecha inicio convocatoria: 20/09/2024

Fecha fin convocatoria: 08/10/2024

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL

Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 8.167.280,38 €
Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Se convocan las subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el apartado tercero del ACM de 5 de marzo de 2024, vinculadas a la declaración como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil (ZAGEPC) efectuada respecto del territorio afectado como consecuencia de los fenómenos meteorológicos adversos, los incendios forestales, los episodios de riesgo químico, la contaminación por pellets y el incendio urbano acaecidos en las comunidades
autónomas de Andalucía, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Comunitat Valenciana, Galicia, Illes Balears y La Rioja, que se relacionan en el anexo de la convocatoria, acaecidos entre el 21 de junio de 2023 y el 26 de febrero de 2024.

En los términos previstos en el artículo 5 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, tendrán la consideración de entidades beneficiarias de las subvenciones, las diputaciones provinciales, los consejos insulares y la administración de las comunidades autónomas uniprovinciales, cuyo territorio esté comprendido en el ámbito de aplicación de esta convocatoria; todo ello, sin perjuicio de la condición de interesado que corresponda a las entidades que presenten las solicitudes.

Cuantía de la ayuda:

El importe total máximo de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria es de 8.167.280,38 euros. La concesión de las subvenciones se imputará a la aplicación presupuestaria 22.02.942A.767.04 de los PGE, en los términos que se prevén en el apartado séptimo de la resolución de convocatoria. A los proyectos subvencionables se les podrá conceder una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste.

Solicitud:

Las solicitudes se formularán por las entidades que ejecuten los proyectos comprendidos en el ámbito de aplicación de la convocatoria, desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, hasta las 15:00 horas del día 8 de octubre de 2024. Obligatoriamente se deberán cumplimentar y presentar de forma electrónica, a través de la aplicación informática «AURA – Subvenciones a EELL ante catástrofes naturales», accesible desde la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática https://
sede.administracionespublicas.gob.es/ (Procedimientos – Subvenciones), seleccionando el apartado dedicado a esta convocatoria. Para ello, es preciso que los representantes legales de dichas entidades cumplan con los requisitos técnicos especificados en la mencionada aplicación.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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