Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía

Estado: Cerrada
Objeto:

El desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía en formato largometraje y seriado, en imagen real y animación y en cualquier género, incluido el
género documental con el objetivo de fomentar el desarrollo y la acción emprendedora e innovadora en el sector audiovisual en Andalucía.

Referencia: 781558

Publicación oficial: 28/08/2024

Fecha inicio convocatoria: 29/08/2024

Fecha fin convocatoria: 18/09/2024

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE CULTURA

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 515.000,00 €
Sector: Cultura
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía las personas físicas y jurídicas, establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. En todos los posibles solicitantes de la subvención debe concurrir la condición de ser productor de carácter independiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine y tener una participación de al menos un cincuenta por ciento en la titularidad de los derechos y materiales.
Deberán demostrar que han producido, aisladamente o en conjunto con sus empresas vinculadas, con una titularidad mínima sobre la obra del 10%, en los últimos seis años o doce años en caso de proyectos de animación, al menos dos cortometrajes o un largometraje que hayan sido calificados por grupos de edad y obtenido el correspondiente certificado de nacionalidad española, o que han participado en una serie o película de televisión como productora encargada de la producción, lo que deberá acreditarse en los términos recogidos en cada convocatoria.
El domicilio fiscal y los centros de trabajo del personal, por el que se impute gastos de personal, deberán estar ubicados en territorio español, y tendrán, al menos, una sede en Andalucía. En el caso de empresas extranjeras habrán de tener, al menos, una filial domiciliada en los mismos términos indicados anteriormente.

Asimismo, podrán solicitar las subvenciones las Agrupaciones de Interés Económico, cuyo objeto social, según la inscripción en el Registro Mercantil, sea la realización de actividades de producción audiovisual y/o estén dadas de alta en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Estado o de la correspondiente Comunidad Autónoma, siempre que reúnan la condición de productora independiente. Los requisitos exigidos anteriormente deberán mantenerse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del plazo de justificación de la actividad subvencionada, no pudiendo concurrir en los solicitantes ninguna de las circunstancias previstas en el apartado 4.c) del cuadro resumen de las bases reguladoras durante dicho periodo. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 12.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras, para resultar beneficiario de la subvención será necesario obtener un mínimo de 65 puntos respecto de la puntuación máxima otorgable.

Cuantía de la ayuda:

La dotación presupuestaria total de esta convocatoria asciende a 515.000,00 euros, con la distribución por anualidades que en el apartado primero de este extracto. El importe máximo de la subvención por persona o entidad beneficiaria será de 50.000,00 €, siempre que dicho importe no supere el 40% del presupuesto aceptado del proyecto.

Solicitud:

Los formularios de solicitudes (Anexo I) y los formularios de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentación (Anexo II), figuran publicados en el presente BOJA junto con la resolución de convocatoria y se podrán obtener para su cumplimentación en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/463582.html, así como en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en la
dirección electrónica https://juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector.html

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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