Subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas nacionales de terceros países
El objeto de estas subvenciones será la realización de proyectos que faciliten a las personas nacionales de terceros países en situación de vulnerabilidad social y económica, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia para favorecer su reintegración, viable y sostenible. Existen dos tipos de proyectos distintos, que podrán estar cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración, en las condiciones y con los requisitos que se recogen en la Resolución de Convocatoria.
Proyecto de retorno voluntario asistido y reintegración: tiene como principal objetivo facilitar, a personas nacionales de terceros países en situación de especial vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración.
Proyecto de retorno voluntario productivo: tiene como principal objetivo facilitar a personas nacionales de terceros países el retorno voluntario a sus países de procedencia y la reintegración sostenible en éstos, a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración que incluyan el apoyo a las habilidades emprendedoras, por medio de actividades de formación en autoempleo y gestión empresarial, así como asistencia técnica y seguimiento de la puesta en marcha de iniciativas empresariales asociadas al retorno, y teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
Referencia: 778849
Publicación oficial: 06/08/2024
Fecha inicio convocatoria: 07/08/2024
Fecha fin convocatoria: 28/08/2024
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES
Entidades, organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga
.Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos de inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
.Carecer de fines de lucro.
.Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
.Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
.Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
.No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.
1. Solicitud:
a) Modelo y presentación de solicitudes: Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo normalizado de solicitud que figurará como anexo a las resoluciones de convocatoria, debiendo relacionarse en el mismo todos los proyectos para los que una misma entidad solicita subvención, así como la cuantía solicitada para cada uno de los mismos. Dicha solicitud deberá suscribirla quien ostente la representación legal de la entidad y acredite poder suficiente para ello.
Las solicitudes y demás documentación que se determine se presentarán exclusivamente por medios electrónicos en el registro electrónico disponible en la sede electrónica asociada del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se dirigirán a la Secretaría de Estado de Migraciones
b) Plazo de presentación: El plazo de presentación de las solicitudes se determinará en las convocatorias, no pudiendo ser inferior a diez días ni superior a veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.