Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento III , Programa Kit Digital.
Constituye el objeto de esta Orden el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa Kit Digital para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo (en adelante, Programa), que tiene por objeto la adopción de soluciones de digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
Referencia: 652470
Publicación oficial: 12/06/2024
Fecha inicio convocatoria: 20/10/2022
Fecha fin convocatoria: 31/10/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Órgano:
Empresas del Segmento III (entre 0 y menos de 3 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital)
El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente Convocatoria asciende a la cantidad de mil millones de euros (1,000.000.000 €), ampliables mediante Resolución del órgano competente en virtud del artículo 62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, dentro de los créditos disponibles, que serán financiados a través de la correspondiente partida presupuestaria para la ejecución del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, en consonancia con el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en cuyo artículo 9 se indica que la ayuda concedida en el marco del Mecanismo se sumará a la proporcionada con arreglo a otros programas e instrumentos de la Unión, y que las reformas y los proyectos de inversión podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión Europea siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste. Asimismo, será de aplicación el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. De conformidad con el artículo 18.2 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la presente Convocatoria, el importe máximo de ayuda por beneficiario será de tres mil euros (3.000 €), al estar dirigidas únicamente al Segmento III. Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento III se encuentran establecidos en el artículo 18 de las Bases Reguladoras.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.