Convocatoria 2024 del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales de ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto
Se convocan, para el año 2024, mediante régimen de concurrencia competitiva, ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto mediante convocatoria abierta con un procedimiento de selección, reguladas en el artículo 25 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre. Dichas ayudas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4.3 y 22 de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, están limitadas a proyectos que se encuentren dentro de una de las siguientes categorías:
Que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social.
Que sean de carácter documental.
Que incorporen nuevos/as realizadores/as.
Que sean de carácter experimental.
Referencia: 765248
Publicación oficial: 04/06/2024
Fecha inicio convocatoria: 05/06/2024
Fecha fin convocatoria: 25/06/2024
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
Órgano: INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES
Empresas productoras independientes. Cuando se trate de proyectos realizados por varias empresas productoras, éstas constituirán la agrupación a que se refiere el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Del total de la dotación, se destina un mínimo del 40% para los proyectos realizados exclusivamente por directoras, un mínimo del 15% y un máximo del 25% a proyectos de carácter documental y un mínimo del 10% a proyectos de animación y, asimismo, se destinará un máximo del 10% a proyectos de carácter experimental y un mínimo del 5% para coproducciones con empresas extranjeras en las que la participación española sea minoritaria.
El importe máximo de la ayuda que se conceda será de 800.000 euros por proyecto beneficiario o de 1.000.000 euros si se trata de un proyecto de animación, o de 300.000 euros para las coproducciones con empresas extranjeras en las que la participación española sea minoritaria.
Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, deben estar en disposición de obtener la nacionalidad española por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y deben acreditar su carácter cultural, conforme se establece en el artículo 12 de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio.
No pueden acceder a estas ayudas los proyectos que antes de recaer la decisión final de la Comisión de ayudas a la producción de largometrajes y cortometrajes, hayan presentado la solicitud de calificación por grupos de edad. Al menos, el 50 por cien de los gastos presupuestados del largometraje se deben realizar en España o revertir en autores o en equipos técnicos, artísticos o de servicios que posean residencia fiscal en España.
El proyecto deberá incluir, como medidas de accesibilidad universal, el subtitulado especial y la audiodescripción con arreglo a la normativa técnica aplicable.
Asimismo, en el proyecto se deberán implementar acciones en materia medioambiental y de sostenibilidad y/o un sistema de medición del impacto ambiental y huella de carbono.
El plazo máximo para la presentación de solicitudes acompañadas de la documentación preceptiva, será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, finalizando a las 14 horas, hora peninsular, del último día de plazo.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.