Subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía

Estado: Cerrada
Objeto:

El objeto de esta convocatoria de subvenciones es ayudar a las PYME para la realización de actividades y proyectos de mejora en materia prevención de riesgos laborales, que incluyan inversiones en equipos y maquinaria, así como los gastos de asistencia técnica prestada por entidades especializadas en prevención de riesgos
laborales estrictamente necesarias para la realización de los mismos que, cumpliendo los requisitos establecidos en las citadas bases reguladoras, contribuyan con la reducción de la siniestralidad y con la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo de Andalucía.

Referencia: 763933-763943-763955-763974-763980-763987

Publicación oficial: 04/06/2024

Fecha inicio convocatoria: 05/06/2024

Fecha fin convocatoria: 05/07/2024

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 2.000.000,00 €
Sector: Acceso a la vivienda y fomento de la edificación, Agricultura, Calidad, Cambio Climático, Comercio, Cooperación internacional, Cultura, Defensa, Deporte, Desempleo, Digitalización, Educación, Eficiencia energética, Empleo, Formación, Ganadería, Igualdad, Industria, Infraestructuras, Internacionalización, Investigación, desarrollo e innovación, Justicia, Juventud, Pesca, Renovables, Sanidad y salud, Seguridad Ciudadana, Servicios municipales, Servicios sociales, Transición Ecológica, Transporte y Logística, Turismo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Comunidad Autónoma de Andalucía
Beneficiarios:

En virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda en relación con lo dispuesto en el apartado 4.a).2.ºb) de los Cuadros Resumen de las referidas bases reguladoras, para la presente convocatoria del año 2024 tendrán la consideración de beneficiarias las PYME que, cumpliendo con los requisitos establecidos en las mismas bases reguladoras, desarrollen alguna de las actividades económicas incluidas en las secciones y divisiones que a continuación se especifican, según la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009):

02 – Silvicultura y explotación forestal
82 – Actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas
01.6 – Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha
91 – Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
43 – Actividades de construcción especializada
39 – Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos
80 – Actividades de seguridad e investigación
88 – Actividades de servicios sociales sin alojamiento
93 – Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento
53 – Actividades postales y de correos
78 – Actividades relacionadas con el empleo
18 – Artes gráficas y reproducción de soportes grabados
87 – Asistencia en establecimientos residenciales
36 – Captación, depuración y distribución de agua
46 – Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas
14 – Confección de prendas de vestir
41 – Construcción de edificios
11 – Fabricación de bebidas
28 – Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
27 – Fabricación de material y equipo eléctrico
31 – Fabricación de muebles
30 – Fabricación de otro material de transporte
23 – Fabricación de otros productos minerales no metálicos
22 – Fabricación de productos de caucho y plásticos
21 – Fabricación de productos farmacéuticos
26 – Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos
25 – Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo
29 – Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques
10 – Industria de la alimentación
16 – Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería
15 – Industria del cuero y del calzado
17 – Industria del papel
20 – Industria química
13 – Industria textil
42 – Ingeniería civil
24 – Metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones
32 – Otras industrias manufactureras
96 – Otros servicios personales
38 – Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización
37 – Recogida y tratamiento de aguas residuales
95 – Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico
33 – Reparación e instalación de maquinaria y equipo
81 – Servicios a edificios y actividades de jardinería
55 – Servicios de alojamiento
56 – Servicios de comidas y bebidas
63 – Servicios de información
61 – Telecomunicaciones
51 – Transporte aéreo
50 – Transporte marítimo y por vías navegables interiores
49 – Transporte terrestre y por tubería
45 – Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas
Cuantía de la ayuda:

El importe de las ayudas a conceder no podrá exceder, en ningún caso, para cada proyecto o actividad los porcentajes máximos sobre el presupuesto aceptado, ni las cuantías máximas y mínimas establecidas a continuación según la modalidad de los proyectos o actividades:

*Línea 1: cuantía máxima 15.000,00 € – cuantía mínima 1.500,00 € – Porcentaje 75%

*Línea 2: cuantía máxima 12.000,00 € – cuantía mínima 1.200,00 € – Porcentaje 75%

Solicitud:

La solicitud, concesión y aplicación de estas subvenciones se regirán por lo establecido en la Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 93, de 18 de mayo de 2021, por la presente convocatoria y demás normativa de aplicación.

Los formularios para la solicitud y para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, así como demás datos necesarios, figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles para su presentación a través la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, a la que se podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de
Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24614.html

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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