Subvenciones públicas destinadas a la financiación de formación mediante microcréditos, dentro de la Inversión «Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Las subvenciones que se concedan tendrán como finalidad la concesión de ayudas del proyecto «Financiación de formación (microcréditos)» para la formación de personas trabajadoras ocupadas y desempleadas, mediante la realización de acciones de formación que, de acuerdo con su perfil, se destinen a impulsar o mejorar su carrera profesional o su empleabilidad, o permitan adquirir nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva
Referencia: 763496
Publicación oficial: 28/05/2024
Fecha inicio convocatoria: 30/05/2024
Fecha fin convocatoria: 30/09/2025
Financiación: FONDOS NEXT GENERATION
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Órgano:
1.- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta convocatoria:
a) Para la línea de subvención del artículo 3.1.a): Las personas trabajadoras ocupadas, tanto por cuenta ajena como personas trabajadoras pertenecientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las personas socias trabajadoras de entidades de la Economía Social, y personas desempleadas, que realicen formación en los términos establecidos en la convocatoria desde 1 de enero de 2023 hasta el momento de presentación de la solicitud.
b) Para la línea de subvención prevista del artículo 3.1.b): Las entidades impartidoras de la formación, constituidas con anterioridad a 1 de enero de 2023.
Conforme con lo anterior, podrán solicitar subvenciones
. Las entidades impartidoras de formación, públicas o privadas, inscritas para impartir las especialidades formativas para las que solicitan subvención, con presencia en más de una comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas y que no tengan circunscrito su ámbito de actuación a una sola comunidad autónoma.
. Las empresas cuando estén inscritas para ello en las especialidades formativas para las que solicitan subvención y dispongan de las instalaciones para formación presencial o de plataformas de teleformación, que permitan la impartición de las especialidades que solicitan en al menos dos comunidades autónomas.
. Las agrupaciones previstas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre con presencia en más de una comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, constituidas por entidades impartidoras de formación inscritas para impartir las especialidades para las que solicitan subvención, titulares de instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades que solicitan en al menos dos
Los solicitantes del artículo 10.1.a) podrán presentar su solicitud desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE, hasta el 30/09/2025.
El plazo para la presentación de solicitudes para las entidades impartidoras del artículo 10.1. b) será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE
https://www.fundae.es/convocatorias/plazo-de-solicitud-abierto/microcreditos/microcr%C3%A9ditos-2024—l%C3%ADnea-trabajadores
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.