Subvenciones destinadas a asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro para eventos de promoción turística y especial interés relacionados con el patrimonio cultural y/o natural, y con capacidad de atracción de visitantes, para el ejercicio 2024.

Estado: Cerrada
Objeto:

Regular las subvenciones del Área de Promoción y Turismo, en el marco del Presupuesto para el ejercicio 2024, destinadas a  asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro para eventos de promoción turística y especial interés relacionados con el patrimonio cultural y/o natural, y con capacidad de atracción de visitantes que contribuyan a la consolidación de la actividad turística como un sector económico estratégico para el desarrollo sostenible de la provincia.

Referencia: 760432

Publicación oficial: 15/05/2024

Fecha inicio convocatoria: 16/05/2024

Fecha fin convocatoria: 07/06/2024

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 97.200,00 €
Sector: Turismo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Provinca de Jaén
Beneficiarios:

Podrán acogerse a los beneficios de esta convocatoria de subvenciones las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente, pudiendo presentar cada una de ellas una única solicitud.
No podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia.

Cuantía de la ayuda:

Cuantía de la subvención: hasta el 75% del coste final de los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000 € por beneficiario.

Actividades subvencionables:

Las subvenciones que se regulan consisten en la colaboración económica para el diseño, organización, promoción y desarrollo de eventos de promoción turística y especial interés relacionados con el patrimonio cultural y/o natural, y con capacidad de atracción de
visitantes.
La actividad a subvencionar tendrá que tener cabida dentro del objeto o fines sociales de la entidad solicitante.
Quedan excluidas de la presente convocatoria las actuaciones consistentes en la adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, así como equipamiento de cualquier tipo.

Solicitud:

Las solicitudes, así como cualquier otra documentación requerida en el marco de esta convocatoria, se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Jaén, preferentemente a través del enlace de “Ayudas y Subvenciones” (https://sede.dipujaen.es/AyudaSubvenciones), de conformidad con lo previsto en el artículo 38.5 de la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Jaén. Se utilizarán los formularios e instancias
normalizadas disponibles al efecto y cumplimentándolos de acuerdo a lo establecido en las bases que rigen esta convocatoria.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, carecerá de validez y eficacia la presentación de solicitudes y la realización de cualquier acto efectuado a través de medios distintos al indicado en el apartado anterior.
La solicitud deberá estar firmada digitalmente por el representante legal y contemplando los demás requisitos que señala el artículo 66 de la mencionada ley, dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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