Subvenciones en concurrencia no competitiva del Eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU para el periodo de elegibilidad 2024-2025

Estado: Cerrada
Objeto:

El objeto de la Orden Ministerial de 29 de abril de 2024 es aprobar la tercera convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, del eco incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico demostrado, medido como reducción de costes externos del modo marítimo respecto del modo carretera, contribuyendo indirectamente a la consolidación, desarrollo y mejora del desempeño ambiental de los citados servicios de transporte marítimo en cumplimiento de los objetivos específicos establecidos para la medida 5 de la inversión 4 del componente 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el fin de consolidar e incrementar la cuota modal del transporte marítimo de mercancías, promoviendo la mejora de su desempeño ambiental y el trasvase del modo carretera al marítimo con criterios de sostenibilidad objetivos

Referencia: 758950

Publicación oficial: 07/05/2024

Fecha inicio convocatoria: 01/04/2024

Fecha fin convocatoria: 02/06/2025

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

Órgano:

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 20.000.000€
Sector: Comercio, Eficiencia energética, Transporte y Logística
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Nacional
Beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarios todas aquellas personas físicas o jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea que hayan realizado el pago del flete marítimo correspondiente a la actividad subvencionable, ya se trate del cargador, del transportista o del operador de transporte.
No podrán ser beneficiarios de un servicio aquellas entidades que hayan obtenido previamente la condición de entidad colaboradora para dicho servicio.

Actividades subvencionables:

La actividad subvencionable será el transporte internacional de mercancías por carretera mediante la utilización de unidades elegibles que se realice total o parcialmente por vía marítima entre puertos situados en el territorio de los Estados miembros de la Unión Europea, en cualquiera de los servicios elegibles establecidos en el anexo II de la convocatoria, y conforme a lo establecido en el artículo 5 de las bases reguladoras.

Solicitud:

La solicitud deberá cumplimentarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible utilizando los formularios y modelos específicos de documentos establecidos, que estarán disponibles para su descarga en la misma.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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