Extracto de la Orden de 29 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la subsidiación de intereses de los préstamos de financiación de capital circulante formalizados al amparo del Instrumento Financiero contemplado en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo III del Decreto-ley 3/2023, de 25 de abril, por el que se aprueban medidas adicionales para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía a los usuarios de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario, y se efectúa su convocatoria

Estado: Cerrada
Objeto:

Regular el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la subsidiación de intereses de los préstamos de financiación de capital circulante garantizados, por el Instrumento Financiero del PDR 2014-2022, por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, al amparo de lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo III del Decreto-ley 3/2023, de 25 de abril.

Referencia: 730532

Publicación oficial: 12/12/2023

Fecha inicio convocatoria: 13/12/2023

Fecha fin convocatoria: 31/05/2024

Financiación: FEADER

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 860.000 euros
Sector: Agricultura, Ganadería, Pesca
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Andalucia
Beneficiarios:

Solo podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, o las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica para inversiones, que hayan formalizado una operación de préstamo de financiación de capital circulante garantizado por el Instrumento Financiero del PDR 2014-2022, con un plazo de amortización superior a dos años.

Cuantía de la ayuda:

La ayuda consistirá en el pago de una cantidad a tanto alzado sobre la base de las solicitudes de ayuda aprobadas. El importe máximo de la ayuda no podrá superar los 4.000 euros por beneficiario.

Actividades subvencionables:

Subsidiación de intereses de los préstamos de financiación de capital circulante

Requisitos:

Ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, o las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica para inversiones, que hayan formalizado una operación de préstamo de financiación de capital circulante garantizado por el Instrumento Financiero del PDR 2014-2022, con un plazo de amortización superior a dos años.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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